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Información Básica. Tributación en El Salvador.


¿Cuál es la importancia de la tributación? ¿Cuándo y en qué ocasiones pagamos impuestos? ¿Qué acciones deben realizar los ciudadanos a fin de fortalecer la recaudación tributaria? ¿Qué leyes tenemos en El Salvador en materia tributaria?[1]  

Del Código Tributario

Artículo 2.- Este Código se aplicará a las relaciones, jurídico tributarias que se originen de los tributos establecidos por el Estado, con excepción de las relaciones tributarias establecidas en las legislaciones aduaneras y municipales[2].

Tributos[3]

Artículo 11.- Tributos son las obligaciones que establece el Estado, en ejercicio de su poder imperio cuya prestación en dinero se exige con el propósito de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines.

Clases de Tributos 

Artículo 12.- Los tributos se clasifican en: impuestos, tasas y contribuciones especiales.

Impuesto
Artículo 13.- Impuesto es el tributo exigido sin contraprestación, cuyo hecho generador está constituido por negocios, actos o hechos de naturaleza jurídica o económica que ponen de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo.

Tasa[4]
Artículo 14.- Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva o potencial de un servicio público individualizado al contribuyente.
No es tasa la contraprestación recibida del usuario en pago de servicios no inherentes al Estado.

Contribución Especial[5]

Artículo 15.- Contribución especial es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales y cuyo producto no debe tener un destino ajeno a la financiación de las obras o las actividades que constituyan el presupuesto de la obligación.
La contribución de mejora es la instituida para costear la obra pública que produce una valorización inmobiliaria y tiene como límite total el gasto realizado y como límite individual el incremento de valor del inmueble beneficiado.
La contribución de seguridad social es la prestación a cargo de patronos y trabajadores integrantes de los grupos beneficiados, destinada a la financiación del servicio de salud y previsión.

¿Quién es el sujeto activo de la obligación tributaria?
¿Quién es el sujeto pasivo de la obligación tributaria?

19 y 30 del Código Tributario

Artículo 19.- Sujeto activo de la obligación tributaria es el Estado, ente público acreedor del tributo.
Artículo 30.- Se considera sujeto pasivo para los efectos del presente Código, el obligado al cumplimiento de las prestaciones tributarias, sea en calidad de contribuyente o responsable.
Artículo 42.- Se considera responsable quien, aún sin tener el carácter de contribuyente, debe por disposición expresa de la Ley cumplir las obligaciones atribuidas a éste. Art. 43.- a) Los padres, los tutores o los administradores de bienes de los menores obligados y los representantes de los incapaces; b) Administrador único o representantes legales de las personas jurídicas durante el período que comprenda su gestión; c) Los mandatarios respecto de los impuestos e intereses generados por los bienes que administren o dispongan durante el período de su administración.
Calculo del IVA: Multiplicando el valor del artículo X 0.13. 
Civismo fiscal: Cumplimiento responsable, voluntario y oportuno  de la obligación tributaria impuesta por el Estado a sus administrados.
Importancia de la tributaciónPara que el Estado pueda cumplir con sus obligaciones, tales como brindar servicios públicos; construir escuelas y pagar docentes; construir hospitales, unidades de salud, dotarles de medicina, equipo y además pagar personal médico y paramédico; construir carreteras; brindar seguridad pública y social; en fin muchos otros compromisos que son parte del quehacer estatal y que contribuyen con el desarrollo económico, social y humano.

[1] Constitución de la República; Código Tributario y su Reglamento; Impuesto de Renta y su Reglamento; Ley del IVA y su Reglamento; entre otras.
[2] Las municipalidades cuenta con la Ley General Tributaria Municipal.
[3] Es una obligación de carácter monetario que el Estado impone en virtud de una Ley, a fin de cumplir con sus gastos.
[4] Pagos que se hacen a la municipalidad por Alumbrado Público, Recolección de desechos sólidos.
[5] Se consideran como tales, también los pagos hechos a las AFP’s e ISSS.